Si un ciudadano ha realizado
un cambio indebido de domicilio, se procederá a la anulación del último cambio
domiciliario y se realizará la denuncia penal correspondiente.
Ante la proximidad de las
Elecciones Regionales y Municipales del 5 de octubre los tres organismos
electorales, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de
Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil (RENIEC), en un trabajo conjunto, constataron que se han venido
presentado un incremento significativo de cambios masivos de domicilio en
muchos distritos en comparación al 2010 lo que se configura como electores
“golondrinos”.
Para los tres organismos es
de suma importancia asegurar que las votaciones se traduzcan la expresión
auténtica, libre y espontánea de los ciudadanos y por ende los escrutinios sean
reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por
votación directa.
Para ello el RENIEC ha
ejecutado las verificaciones de cambios domiciliarios en 43 distritos,
visitando 14 mil domicilios y observando la dirección domiciliaria de 3,600
electores. También el JNE está fiscalizando 71 distritos, visitando 19 mil
domicilios y priorizando en aquellos distritos donde, en los últimos meses, se
ha incrementado la población electoral en porcentajes muy elevados.
Cabe indicar que el artículo
33 de la Constitución Política establece las causales por las cuales se puede
suspender el ejercicio de la ciudadanía y, por tanto, limitar el derecho de
sufragio. Por ello, luego de las acciones de verificación domiciliaria por
parte del RENIEC o de fiscalización del JNE se determine que una persona ha
realizado un cambio indebido de domicilio,
el RENIEC reincorporará a dicha persona con el domicilio anterior. Ambos
organismos electorales publicarán en sus respectivas web institucionales la
relación de los ciudadanos cuyos domicilios fueron objetos de cambios.
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